viernes, 26 de noviembre de 2010

LOS EXPEDIENTES SECRETOS X...

EXPEDIENTE 61/2010:
VISTO: Que Atlético SC ha sido citado a descargo para el día de la fecha.
CONSIDERANDO: Que Atlético SC no ha presentado en tiempo y forma descargo alguno por la no presentación de la NOVENA división ante Mar de Ajó en fecha 14 de noviembre del corriente año. Atento ello éste Tribunal:
RESUELVE:
1) Dar por decaído el derecho que ha dejado de usar Atlético SC (art 7). Y se lo declara rebelde.
2) Dar por perdido el partido por un tanto contra cero ante su rival (art 109).
3) Sancionar al Club Atlético SC por 58 v.e (art. 109).

EXPEDIENTE 62/2010:
VISTO: Que se ha citado a descargo a Lavalle para el día de la fecha.
CONSIDERANDO: Que el nombrado club no ha presentado descargo respecto de la no presentación de la SEPTIMA división ante su rival Mar de Ajó en fecha 13 de noviembre del corriente año. Atento ello éste Tribunal:
RESUELVE:
1) Dar por decaído a Lavalle el derecho que ha dejado de usar. Y se lo declara rebelde (art. 7).
2) Dar por perdido el partido por 1 tanto contra 0 ante su rival (ART 109).
1) Sancionar a Lavalle con multa de 58 ve (ART 109) .

EXPEDIENTE 63/2010:
VISTO: Que el informe de los árbitros hacen semi plena prueba a la hora de fallar para éste Tribunal.
CONSIDERANDO: Que según surge de dicho informe en el encuentro que debió disputarse en fecha 22 de noviembre del corriente año en cancha de Fomento SB entre el club local y su rival Porvenir en las categorías octava y pre novena. El Club visitante no ha presentado ninguna de las mencionadas categorías. Atento ello éste TRIBUNAL:
RESUELVE:
1) Citar a descargo escrito a Porvenir a los fines de que hagan valer sus derechos (art. 7 y 8).

EXPEDIENTE 64/2010:
VISTO: El informe del árbitro el que hace semiplena prueba a la hora de fallar para éste Tribunal.
CONSIDERANDO: Que Lavalle no presenta NOVENA división ante Cosme A. en fecha 20 de noviembre del corriente año. Atento ello éste Tribunal:
RESUELVE:
1) Citar a descargo escrito a Lavalle por la no presentación de la NOVENA división para el día 30 de noviembre del corriente.

EXPEDIENTE 65/2010:
VISTO: El informe del árbitro el que hace semiplena prueba a la hora de fallar para éste Tribunal.
CONSIDERANDO: Que CAJU no presenta SEPTIMA división ante Santa Teresita en fecha 21 de noviembre del corriente año. Atento ello éste Tribunal:
RESUELVE:
1) Citar a descargo escrito al CAJU por la no presentación de la SEPTIMA división para el día 30 de noviembre del corriente.

EXPEDIENTE 66/2010: VISTO: El informe del árbitro el que hace semiplena prueba a la hora de fallar para éste Tribunal.
CONSIDERANDO: Que Porvenir no presenta OCTAVA división ante su rival Fomento SB en fecha 21 de noviembre del corriente año. Atento ello éste Tribunal:
RESUELVE:
1) Citar a descargo escrito a Porvenir por la no presentación de la OCTAVA división para el día 30 de noviembre del corriente.